¿COMO LOS EXTRANJEROS PUEDEN SER DUEÑOS DE PROPIEDADES EN MEXICO ?
La Constitucion Mexicana que regula la tenencia de la tierra, establece que " en una zona que se encuentre a 100 kilomentros de la frontera o a 5 kilometros de la costa, un extranjero no puede ser propietario de las tierras". Esto es lo que se conoce como " Zonas Restringidas o Prohibidas ".Sin embargo la Ley Mexicana de Inversion extranjera que entro en vigor el 28 de Diciembre de 1993, permitio que dentro de la zona restringida, un extranjero ya sea persona Fisica o Moral, puede tener todos los derechos de adquirir una propiedad mediante Fideicomiso.
El Fideicomiso es
el instrumento que garantiza la inversión, ya sea residencial, turística o comercial, otorgando los mismos derechos y obligaciones
que un propietario mexicano.El Fideicomiso se realiza con la apertura de una cuenta Fiduciaria,
mediante la cual se realizan todas las operaciones. El dueño del Fideicomiso llamado Fideicomisario,
tiene todos los derechos de propiedad sobre el bien inmueble durante la
vigencia del mismo.
El extranjero, tiene la libertad
de elegir en que Banco desea abrir su Cuenta Fiduciaria.
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VIGENCIA DEL FIDEICOMISO
La vigencia del Fideicomiso es por 50 años renovable a su terminación
por un plazo idéntico al original y así sucesivamente. El trámite de renovación
debe ser presentado entre los 360 días antes y 180 días después del vencimiento
de éste. La SRE otorga la
renovación del mismo.
Entregar al banco de su elección la siguiente documentación:
1. Copia del título de la
propiedad, con las características del
inmueble. 2. Copia de recibo telefónico o
cualquier recibo que tenga impreso el domicilio.
3. Precio de venta pactado por el inmueble.
4. Carta de no adeudo de impuestos
federales y municipales (Deben ser tramitados por el
vendedor).
5. Carta con los datos generales del comprador: nombre, nacionalidad, ocupación, dirección y número telefónico y Copia de
pasaporte o forma migratoria.
6. Nombre, nacionalidad, dirección y número telefónico de el o los
beneficiarios para caso de fallecimiento del titular, durante la
vigencia del Fideicomiso.
Una vez entregados los documentos, el Banco presenta solicitud a la Secretaria de Relaciones
Exteriores (SRE), quien es el organismo encargado de autorizar y mantener
la legalidad de las operaciones de compra-venta a extranjeros a través de Fideicomisos.
Una vez autorizada, el Banco procede a legalizar los derechos de propiedad ante Notario Público, éste a
su vez registra el traspaso de los
derechos en el Registro Público de la Propiedad, con los datos del
nuevo propietario.
Como Fideicomisario se obtiene el derecho de posesión de la
propiedad ya sea para habitar, construir, remodelar, rentar,
hipotecar, vender o traspasar.
Cualquier modificación que afecte al Fideicomiso original se debe
registrar ante Notario Público y ante el Banco donde se
abrió la cuenta.
Se debe tomar en cuenta que la compra-venta de propiedades genera un
impuesto en México que es calculado en base al valor de la propiedad.
Al ser Fideicomisario en
México se adquieren obligaciones respecto a la propiedad, como es el
pago anual del impuesto predial, consumo de agua y luz, cuotas de
mantenimiento (si aplican), etc. y
cuota anual del Fideicomiso.
Es importante la designación de beneficiarios, ya que en caso de fallecimiento
del titular del Fideicomiso los herederos de la propiedad serán las
personas designadas, sin necesidad de ningún trámite legal, únicamente se presenta al
Banco el certificado de fallecimiento y una identificación, para que el Banco registre a los beneficiarios como los nuevos titulares del Fideicomiso.